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Información para compartir: Cómo deducir pagos de combustible en efectivo.

Información para compartir: Cómo deducir pagos de combustible en efectivo.

El Impuesto sobre la Renta (ISR) a pagar, se calcula al sumar los ingresos y restar las deducciones autorizadas para obtener la utilidad o la pérdida del ejercicio fiscal. Ese resultado obtenido es la base para calcular el ISR a pagar o la devolución a recibir.

Como parte de los requisitos generales para la deducción de gastos es que los pagos cuyo monto exceda de 2,000 pesos sean efectuados mediante uno de los siguientes métodos de pago:

  • Transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente.
  • Cheque nominativo de la cuenta del contribuyente.
  • Tarjeta de crédito, débito o de servicios.
  • Monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Para el caso de combustibles, en el Artículo 27, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) existe una disposición específica que es más restrictiva, que indica que “tratándose de la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el pago deberá efectuarse con los métodos señalados en el párrafo anterior, aun cuando la contraprestación de dichas adquisiciones no excedan de 2,000 pesos”.

Sin embargo, en el mismo Artículo, también indica que la autoridad puede liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de los medios señalados, cuando estas se realicen en poblaciones o en zonas que no cuenten con servicios financieros. Es decir que aunque los gastos menores a 2,000 pesos pueden realizarse en efectivo, el caso de la adquisición de combustibles está excluido de esta facilidad: Sin importar el monto de la operación, no puede pagarse en efectivo si desea deducirse.

A pesar de la restricción, existen algunas facilidades para ciertos tipos de contribuyentes:

  • Personas físicas del RIF tienen derecho a deducir la adquisición de combustible aun habiendo pagado en efectivo, son los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) por hasta 2,000 pesos.

  • Sector de actividades primarias: Régimen de Actividades Agrícola, Silvícola, Ganadera y Pesca también pueden pagar el combustible en efectivo hasta por el 15% del total de su consumo.

  • Poblaciones sin servicios financieros: En los casos que son determinables, el SAT liberará de este requisito a los contribuyentes.

  • Y finalmente Autotransporte de carga: Los contribuyentes de los sectores del autotransporte de carga federal, terrestre foráneo de pasaje y turismo, así como de carga de materiales y de pasajeros urbano y suburbano gozan de la misma facilidad de deducir las adquisiciones de combustible pagadas en efectivo hasta por el 15% del total de las adquisiciones de combustible.

Como contribuyentes es responsabilidad del usuario verificar a que tipo de régimen pertenece y que tipo de facilidades puede otorgar la oficina Fiscal.


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